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LEY DE VICTIMAS

La ley de victimas o ley 1448 sancionada el pasado 10 de junio de 2011 es una ley con 208 artículos que tiene como  propósito reconocer y garantizar los derechos de las victimas del conflicto en Colombia, se debe tener en cuenta que el Estado debe reconocer el derecho a las victimas y a la sociedad que ha sufrido violaciones a los derechos humanos y al derecho internacional humanitario, dando asistencia penal y estatal para que las personas tengan este reconocimiento al haber sido victimas de la violencia. Esta ley desea instaurar un conjunto de medidas judiciales, sociales y económicas, individuales y colectivas, en beneficio de las victimas.

La ley busca el derecho a la verdad, la justicia y la reparación integral a través de que se  haga efectivo el cumplimiento de los derechos humanos, teniendo atención humanitaria,  participando en la formulación, implementación y seguimiento de la política pública de prevención, planificación y reparación integral, haciendo que las personas que fueron sacadas de sus tierras la recuperen o se ubiquen de una manera digna y que las victimas puedan conocer el estado de los procesos judiciales y administrativos de los que sean parte.

El derecho a la verdad se refiere a que tanto las victimas como sus familiares,  así como la misma sociedad, tienen el derecho a conocer la verdad sobre los motivos o circunstancias en que fueron  cometidas  las violaciones a los derechos humanos, el derecho a la justicia implica que el Estado tiene el deber de realizar las investigaciones correspondientes para que las personas que haya una explicación sobre los actos y hechos violentos, así como de los responsables y el derecho a la reparación integral comprende las medidas de restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición.

La norma establece que se tendrán en cuenta  a las victimas del conflicto armado desde el primero de enero de 1985 y a la restitución de tierras las que hayan sido victimas de la perdida desde 1991 y se dará un plazo de 10 años para cumplir con la labor de justicia, verdad y reparación integral de las victimas entregando  una suma equivalente a 40 millones de dólares y casi siete millones de hectáreas de tierras despojadas o abandonadas.

Respecto a las victimas se entienden como todas aquellas personas que fueron victimas del conflicto  cometiéndose  infracciones al Derecho Internacional Humanitario o violaciones graves y manifiestas a las normas Internacionales de Derechos Humanos. Los miembros de los grupos organizados al margen de la ley no serán considerados víctimas, solo  en los casos en los que niños, niñas o adolescentes hubieren sido desvinculados del grupo armado organizado al margen de la ley siendo menores de edad. También son víctimas el cónyuge, compañero o compañera permanente, parejas del mismo sexo y familiar en primer grado de consanguinidad, primero civil de la víctima directa, si  a ésta se le hubiere dado muerte o estuviere desaparecida.

En cuanto a la restitución de tierras el calculo habla de 4 millones de hectáreas que fueron abandonadas y dos millones mas que fueron objeto del despojo directo, para la restitución se tendrán en cuenta como victimas aquellas que fueron propietarias de predios que hayan sido despojadas u obligadas a abandonarlas directa e indirectamente entre el primero de enero de 1991, también son considerados victimas el o la compañero(a) permanente al momento en que se produjeron los hechos y los herederos ante la muerte o desaparición del despojado o su compañero(a) permanente.

La ley de victimas empezara a regir según el cronograma del gobierno el primero de enero de 2012, luego de que este lista su reglamentación en diciembre del presente año. El proyecto de ley aprobado contempla que adscrita al Departamento de la Inclusión y la Reparación se creará una Unidad Administrativa Especial, integrada por siete altos funcionarios del Estado, en cabeza del Presidente de la República, o su delegado.

Tienen seis meses para ser definidos luego de la sanción que fue el 11 de junio del presente año, el  plan nacional de financiación, la unidad administrativa especial para la gestión y restitución de tierras despojadas y el programa de atención psicosocial y salud integral a las victimas así como la asistencia judicial en la cual se autoriza al defensor del pueblo para reorganizar la estructura de la entidad y se le otorgan facultades extraordinarias al presidente de la republica para reestructurarla, la implementación de un programa de rehabilitación que incluya medidas individuales y colectivas, crear la unidad administrativa especial para la gestión y restitución de tierras despojadas y reglamentar su estructura interna y su régimen de vinculación de personal. Y tiene un año a partir de vigencia de la ley para regular la asistencia que ofrecerá el Estado para subsidiar los gastos en los que deban incurrir las victimas.

Los medios de comunicación también han jugado un papel importante en la divulgación de los hechos violentos y el conflicto que ha vivido el país, el problema ha sido que siempre han dejado a las victimas en un segundo plano dándole prioridad a los hechos violentos y a los actores armados del conflicto en Colombia lo cual también repercute en la forma en que es reflejado el problema de las victimas.

1.    ANÁLISIS DE MEDIOS
Con  base a la información sobre la ley de victimas se va a realizar un análisis de la información en torno a las publicaciones dadas por  la   revista Semana y  revista Prensa Rural.

 Prensa rural
La revista Prensa rural hace parte de la agencia Prensa Rural, creada desde las comunidades campesinas y organizaciones sociales rurales. Fundada en el 2003, es un medio de comunicación alternativo que intenta reflejar la realidad del conflicto armado y apoyar a las organizaciones indígenas, campesinas y afrocolombianas.

Informes que ha realizado Prensa Rural respecto a la ley de victimas:
Inconformismo frente a la actual Ley de Víctimas
 Martes 8 de marzo de 2011

En este informe prensa rural reconoce la ley de victimas pero también da a conocer su preocupación ante los vacios que evidentemente hay en el proyecto afectando directamente a las victimas en el reconocimiento  de la verdad, la justicia y la reparación.

Dan a conocer varios puntos en los cuales hay vacios, en primer lugar la falta de garantías sociales y de seguridad para el retorno, el no reconocimiento de los estándares internacionales en materia de reparación integral y la limitación en el universo de las víctimas, así como la ausencia de medidas que garanticen el acceso a la verdad se constituyen en serios obstáculos para el logro de los objetivos de la Ley.
Ante estas inquietudes Prensa Rural recogió varias propuestas e iniciativas para dar a conocer los puntos más importantes que para las comunidades victimizadas debería tener la ley de victimas:

Patrimonio, donde  debe existir una restitución integral y adema  la restitución del patrimonio y la condonación de las deudas, la fecha que se esta planteando no consideran como victimas a las personas que fueron victimas de hechos violentos antes del 86 lo cual excluye a gran parte de la población quien sufrió graves hechos violentos antes de esta fecha, el universo de las Víctimas: no deben existir exclusiones, como por ejemplo los menores que han sido reclutados forzosamente o a actores armados que han sido victimizados los cuales no estarían presentes en el proyecto de ley, Derecho a Superficie: Ceder el usufructo de las tierras a terceros de buena fe que acrediten su posesión e inversión en tierras que fueron objeto de despojo se convierte en otro mecanismo de legalización de ese mismo despojo, reparación Colectiva: Los grupos, poblaciones y movimientos sociales y políticos que han sufrido daños de naturaleza colectiva, en los que sus miembros han sido objeto de graves o sistemáticas violaciones de los derechos humanos en razón de su pertenencia al grupo, población o movimiento, deben ser objeto de una reparación integral que incluya medidas pecuniarias y simbólicas para el colectivo afectado, a través de las cuales se reconozca su valor social, su trayectoria y se dignifique a sus miembros victimizados,  Concepto de reparación integral: El sentido de la reparación tiene que ver con el reconocimiento de la responsabilidad en el daño infringido, con el deber del Estado de garantizar bienestar, desarrollo y justicia a todos los ciudadanos, con el cumplimiento de los mandatos constitucionales y la posibilidad de resarcir el daño causado procurando que las víctimas recuperen su condición de vida previa a la agresión o logren mejorarla, garantías para la restitución de tierras y retorno: El control territorial de estructuras armadas impide la existencia de garantías para el retorno de las familias desplazadas que han sido objeto del despojo.

Hecha la ley hecha la trampa
Sobre la ley de victimas
Sábado 6 de agosto de 2011
En esta publicación Prensa Rural hace una critica a la divulgación que han hecho los medios masivos de comunicación a la ley de victimas y restitución de tierras o como la han llamado “ley por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las victimas del conflicto armado interno y se dictan tras disposiciones” que solo es un elogio mas a l presidente Santos que le hacen los medios de comunicación para asegurar como dice Prensa Rural su inmortalidad en la historia del país”

Las victimas del conflicto armado no pueden ser reintegradas solamente con una indemnización monetaria, se sabe que la violencia cometida por más tres décadas no puede ser reparada en 10 años con una cifra de 10 a 15 billones de pesos. Además el presupuesto del Estado quiere priorizar el presupuesto restándole importancia a las victimas.

Otra de las inconformidades radica en que el mismo Estado esta quitándole las tierras a los campesinos dándole prioridad a la producción agroindustrial y masiva donde quedaría relegada la función del campesino. Quedando en una falsa afirmación la restitución de tierras ya que el mismo Estado quiere industrializarlas y a las familias a las que sea devuelta no van a tener el capital para sostenerlas.

La preocupación radica en que esta ley de victimas solamente es una estrategia para que el Presidente Santos quede como el héroe  ante el país, pero realmente ven muchos vacios para que se cumpla a cabalidad la verdad, la justicia y la reparación integral a las victimas  porque igualmente los criminales van a quedar impunes, las tierras quedaran en manos de los que tienen el poder en el país y la sostenibilidad fiscal frenara la entrega de las indemnizaciones a las victimas.

ü  Revista semana
La revista semana ha tratado de dar a conocer el tema de la ley de victimas de una forma informativa, es decir, da a conocer de que trata la ley y de que manera la ley propone dar a las victimas un parte de lo perdido a causa de la violencia del país, pero no enaltece la labor de ningún político ni del presidente tampoco refleja que hay vacios en al proyecto como si lo hacen las comunidades o poblaciones quien han dado una critica a la ley.

Ley de víctimas del papel a la práctica

06-13-2011

En este artículo se da a conocer las instancias en que fue dada la sanción a la ley de victimas por el Presidente Santos, teniendo en cuenta que de esta manera se trata de dar un paso hacia la paz de Colombia porque piensa en las victimas de la violencia que ha vivido el país. La revista Semana hace un recuento histórico sobre la forma en que el Estado ha creado leyes y decretos para darles a las victimas algún tipo de reparación pero que desafortunadamente no se ha logrado.

La expedición de una ley de victimas empieza en 2008 con el proyecto 157, lo cual generó un debate porque no era viable y comprometía al Estado, poniéndolo al nivel de los grupos armados en Colombia, luego la bancada del ex presidente Álvaro Uribe modifica el proyecto y crea controversia entre las partes y después de que en la Cámara de Representantes fue rechazada la conciliación.

Con la posesión como presidente Juan Manuel Santos radicó personalmente el proyecto y entra la discusión porque se dijo que Álvaro Uribe trataba de que este proyecto no tuviera validez. Sin embargo con la aprobación de la ley se espera que sea cumplida la aplicación de la norma.

2.      VACÍOS EN LA LEY DE VICTIMAS

*      La ley de victimas fue discutida y aprobada sin contar con la participación de las victimas ni de la ciudadanía.
*      Solamente se establece la ley para aquellas personas que fueron victimas de la violencia en 1985 y las que fueron victimas del desplazamiento y el despojo desde 1991, lo que no concuerda con la historia de la violencia del país que data de varias décadas atrás.
*      La ley categoriza el concepto de victimas excluyendo a una gran parte de esta como los “falsos positivos”


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